Registro Civil y Capacidad de las Personas
Funciones del Registro Civil y Capacidad de las Personas
Of.N° 738 – Porteña
En esta Oficina se realizan dos tareas: la de Registraciones y la relacionada con los trámites de documentos, D.N.I..- Las Registraciones que se realizan son: nacimientos, matrimonios y defunciones.
Para cada una de estas Registraciones se llevan dos libros (1 juego) de actas, los que se encuentra foliados. Las actas van numeradas a partir de cada año, cerrándose la numeración al finalizar el mismo. Estas son confeccionadas en forma manual, llenándose primero un libro y luego volcando al otro el mismo contenido de datos.
Al finalizar el año calendario se pasan a archivos estos libros, quedando archivado en la Oficina un (1) tomo y el restante es enviado a la Dirección del Registro…
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Documento Nacional de Identidad (D.N.I.)
El primer D.N.I. que se otorga es al inscribir el nacimiento y donde se le asigna el número que le corresponde. Este número es el que va a tener durante su vida. A partir de los 5 años y hasta el dÃa que cumple 9 años se lo puede actualizar, este trámite se llama “Actualización de 8 años”. El trámite se efectúa en el mismo D.N.I. A partir de los 16 años y hasta el dÃa que cumple 17, se actualiza el D.N.I., dejando en este caso el D.N.I.de menor para confeccionar el Registro Nacional de las Personas el D.N.I. de mayor. Este trámite es la actualización de 16 años. Al joven se le da una constancia del trámite realizado, demorando la entrega del nuevo documento de seis meses a un año…
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Trámites de matrimonios
Para solicitar turno para contraer matrimonio, uno de los contrayentes o ambos deben estar domiciliado en PORTEÑA.- Para esto se solicita los D.N.I. de ambos los que deben estar en buenas condiciones y con domicilios actualizados. A partir de allÃ, se fija el dÃa y hora en que se celebrará el mismo en las Oficinas del Registro.
La edad permitida para contraer matrimonio, fijada por la nueva Ley N° 26.579, es la de la mayorÃa de edad a partir de los 18 años. Si desean contraer matrimonio con menor edad a la permitida solo podrán hacerlo con autorización judicial. Si los contrayentes son menores de 18 años, deberán contar con la autorización de ambos padres…
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Trámites de nacimientos
Los nacimientos se inscriben en el lugar donde nace la criatura o bien en el lugar donde se domicilian los padres. Para poder inscribir a un recién nacido los padres deberán presentar: Certificado del ginecólogo que realizó el parto, D.N.I. de los padres (en buen estado y con domicilios actualizados), Libreta de Familia (si son casados).
El certificado del ginecólogo debe acreditar: Nombre completo de la madre, con Nº de D.N.I. y domicilio. DÃa mes, año, hora y lugar en que ocurrió el nacimiento, Sexo del recién nacido…
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Trámites de defunciones
En esta Oficina se registran todas las defunciones ocurridas dentro del ámbito de PORTEÑA. El plazo para inscribir una defunción es de 48Hs. a partir del deceso. Si se venció este plazo y aún no fue presentado el certificado de defunción para su inscripción, el médico otorgante, deberá poner la fecha con que ese certificado fue expedido.
Requisitos: Para realizar la inscripción de una defunción se deberá presentar un familiar con: Certificado estadÃstico de defunción, expedido por el médico que asistió a la persona en el momento de fallecer…
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